Registro de la Propiedad de Coslada


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Contacto

Datos de contacto del Registro de la Propiedad de Coslada

  • Dirección: Océano Atlántico, 8, esq. C/ Puerto de Algeciras – bajo, 28821 Coslada, Madrid
  • Provincia: Provincia de Madrid
  • Teléfono: 916 73 46 06

Horario del Registro de la Propiedad de Coslada

  • El horario del Registro de la Propiedad de Coslada es de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00 horas

Información general del Registro

¿Qué es el Registro de la Propiedad de Coslada?

El Registro de la Propiedad de Coslada es la institución administrativa encargada de dar publicidad oficial a la propiedad sobre bienes inmuebles, así como a los derechos y cargas que recaigan sobre los mismos. Se trata de un mecanismo que busca elevar las garantías de todos aquellos interesados en relación con un bien inmueble.

La finalidad o función principal del Registro de la Propiedad de Coslada es inscribir todos los inmuebles situados en su demarcación para posteriormente dar publicidad de toda la información inscrita sobre cualquier inmueble a través de la nota simple. Con la publicidad de la información inscrita en el Registro de la Propiedad se pretende dar total seguridad al realizar cualquier transacción de cualquier inmueble, ya que la información que consta en el Registro de la Propiedad de Coslada es la que prima sobre cualquier otra.

El Registro de la Propiedad de Coslada es una institución pública destinada a crear titularidades en virtud de poder público y a la publicidad de la situación jurídica de los inmuebles, con la finalidad de proteger el tráfico jurídico.​

En el Registro de la Propiedad de Coslada se adquieren el dominio y demás derechos reales con seguridad suficiente evitando reivindicaciones.

La función básica del Registro de la Propiedad de Coslada es crear titularidades inatacables en virtud de un acto de poder público.

El Registro de la Propiedad de Coslada también puede definirse como la institución que, destinada a robustecer la seguridad jurídico-inmobiliaria, tiene por objeto el registro de la constitución, transmisión, modificación y extinción de los derechos reales sobre bienes inmuebles, así como las resoluciones judiciales relativas a la capacidad de las personas y los contratos de arrendamientos y opción.

El Registro de la Propiedad de Coslada depende del Ministerio de Justicia. Todos los asuntos referentes a él están encomendados a la Dirección General de los Registros y del Notariado.

A todos los efectos legales se presumirá que los derechos reales inscritos en el Registro de la Propiedad existen y pertenecen a su titular en la forma determinada por el asiento respectivo.

Para realizar cualquier inscripción en el Registro de la Propiedad de Coslada se hace necesario realizarlo a través de documentos públicos: notariales, judiciales, y administrativos. Dichos documentos presentados por las personas o partes interesadas han de ser calificados por el Registrador.

Para acceder a la información inscrita en el Registro de la Propiedad de Coslada es necesario solicitar la Nota Simple sobre el bien  inmueble que sea de su interés:

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¿Para qué sirve el Registro de la Propiedad de Coslada?

El Registro de la Propiedad de Coslada no concede la titularidad legal de un inmueble, pero sí la hace pública. Es decir, si eres propietario de un local, una finca o vivienda y te inscribes como tal en el Registro te ahorrarás tiempo y trámites a la hora, por ejemplo, de venderla.

El objetivo final del registro es dar publicidad de los actos inscritos y en consecuencia seguridad jurídica a la propiedad y futuros adquirentes de los inmuebles, ya que registrándolos, se informa a quienes lo consultan acerca del dominio y otros derechos reales o cargas que pesan sobre los mismos, minimizando riesgos de eventuales reivindicaciones.

Al frente del Registro de la Propiedad de Coslada hay un Registrador, que es un funcionario público profesional del Derecho, que tiene la misión de controlar la adecuacióm de los documentos autorizados por los Notarios, expedidos por los Jueces y autoridades administrativas, o suscritos por los particulares, evitando que entren en contradicción con actos previos inscritos o simplemente se trate de actos que afectan al inmueble, cuyo conocimiento resulte útil y al mismo tiempo den protección a su titular.

¿Qué derechos reconoce el Registro de la Propiedad?

En el Registro de la Propiedad de Coslada no sólo se inscribe el inmueble y el nombre de su dueño, también los derechos y las cargas que recaen sobre él.

Por ‘derechos’ se entiende el dominio, el usufructo, la habitación, las servidumbres, los censos, la hipoteca y el derecho de retracto. La lista no es cerrada, de tal manera que si te interesa puedes solicitar la inscripción de algún derecho no reconocido hasta el momento.

¿Cómo se registra una propiedad?

El encargado de registrar tu inmueble es el registrador. Él es quien recepciona todos los documentos públicos que te identifican como propietario del local, la finca o la vivienda que quieres inscribir. Su firma tiene presunción de veracidad.

Según lo que desees registrar (titularidad de un inmueble, derechos sobre él, cargas…), tendrás que cumplir unos trámites u otros (oficialmente se conocen como ‘Asientos’).

¿Qué fines cumple el Registro de la Propiedad?

En el Registro de la Propiedad de Coslada se inscriben las escrituras de compraventa de las viviendas y demás inmuebles realizadas ante notario, pero también se pueden registrar los documentos privados. Además de la adquisición de los inmuebles se inscriben los derechos reales que recaen sobre ellos, como la hipoteca o las servidumbres, y también las resoluciones judiciales o administrativas como los embargos.

La inscripción de los inmuebles en el Registro es voluntaria, pero al inscribirlos se obtiene mayor seguridad jurídica en las operaciones. Estas inscripciones se caracterizan porque no tienen plazo de duración, lo que significa que no hay necesidad de renovarlas. A diferencia del Catastro, donde la inscripción es obligatoria y gratuita, inscribir una propiedad en el Registro tiene un coste que varía según el valor del inmueble, su ubicación y características.

Por tanto, para un comprador de vivienda o de cualquier bien inmueble (da igual si es español o extranjero residente en España) es importantísimo pasar primero por el Registro e informarse si el que dice ser su vendedor figura como tal en él, y si es cierto lo que nos asegura (que el piso no tiene cargas).

Si hubiera cargas en la vivienda (por ejemplo, una hipoteca), se puede realizar la compra-venta pero el comprador tendrá que “atar” bien por escrito que el vendedor se hará cargo y que se ocupará de cancelar la misma.


Inscripciones

Inscripción de inmuebles en el Registro de la Propiedad de Coslada

La inscripción de un inmueble en el Registro de la Propiedad de Coslada es voluntaria, pero tiene ventajas que hacen aconsejable la inscripción.

Entre otras ventajas de inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad de Coslada es si por ejemplo se diera el caso de una doble venta de un bien inmueble (una persona venda un bien dos veces seguidas, aprovechándose de que el primer comprador no inscribió la compraventa en el registro), la propiedad pertenecerá al primero que lo hubiera inscrito, quedando el otro sólo legitimado para reclamar la correspondiente indemnización.

Otros derechos reales como la hipoteca, suelen ser de obligatoria inscripción en el Registro de la Propiedad de Coslada para poder hacerla valer frente a terceros.

Cuando se compra una vivienda lo más recomendable es inscribirla en el Registro de la Propiedad de Coslada, pero no es obligatorio por ley. Es decir, puede adquirirse un inmueble y no realizar este trámite, que conlleva un desembolso (varía dependiendo del valor del inmueble) extra a sumar a los ya de por sí obligatorios (ITP o IVA, notario, etc.). Entonces, ¿por qué debo tener registrada mi casa? La respuesta es clara: por garantías jurídicas, para evitar los muchos riesgos burocráticos que pueden acechan a una propiedad.

Tomarse la molestia de registrar una vivienda, lo que puede llevar dos visitas al Registro de la Propiedad de Coslada (una para llevar la documentación necesaria y otra para recogerla ya registrada), es sinónimo, fundamentalmente, de garantía jurídica y seguridad administrativa para el nuevo dueño.

Sobre cada inmueble se inscriben sus características, titulares, derechos de propiedad y todas las cargas o gravámenes que pudiera tener dicho inmueble tales como hipotecas, prendas, usufructos, etc. También se inscriben en el Registro de la Propiedad de Coslada los contratos y resoluciones judiciales o administrativas que afecten a la titularidad u otros derechos reales que recaigan sobre el bien inmueble.

La inscripción de los inmuebles en el Registro de la Propiedad de Coslada no es obligatoria, pero si existe hipoteca y esta no está inscrita, no es válida, no surte sus efectos, es decir, aunque la inscripción de los hechos es voluntaria, si no se inscriben no tienen efectos legales frente a terceros. Si se pretende inscribir dos derechos incompatibles sobre el mismo inmueble, se inscribirá el que llegue antes al Registro, y en caso de que haya inscritos dos derechos incompatibles sobre el mismo inmueble prevalece el que se inscribió primero.

¿Es obligatorio inscribir en el Registro de la Propiedad?

En el Registro de la Propiedad de Coslada se inscriben, voluntariamente:

  • Los documentos que se refieren a la adquisición de bienes inmuebles (compra-ventas).
  • Los derechos reales que recaen sobre ellos (hipotecas, servidumbres y resoluciones judiciales o administrativas que les pueden afectar como los embargos).

Es importante aclarar que en el Derecho español es voluntario inscribir viviendas o sus hechos en el Registro de la Propiedad, aunque inscribiéndolos se obtiene seguridad jurídica pues, una vez inscritos, los derechos se encuentran bajo la tutela de los Tribunales y se considera como cierto sólo lo que dice el Registro.

Además, la inscripción de la compra-venta de un inmueble facilita su transmisión y la obtención de financiación a costes inferiores a los que se tendrían sin ella, por muy interesante que pueda parecer no inscribir por las razones que sean (fiscales básicamente).

Solo es obligatorio la inscripción en el Registro de la Propiedad de Coslada si se ha adquirido un inmueble mediante un préstamo hipotecario, si no, es opcional, aunque altamente recomendable para garantizar la seguridad jurídica sobre el inmueble.

¿Qué se puede inscribir?

Cualquier acción que se refiera a la compra de un inmueble y las acciones derivadas de la misma: si tiene hipoteca, si está embargada, si está alquilada…

¿Cuánto cuesta inscribir una vivienda en el Registro?

No hay un precio fijo, sino que son unas tasas aprobadas por el Gobierno y varían en función del valor del inmueble: a más valor, más suben las tasas.

Existen otros factores que hacen variar el precio de las tasas, como por ejemplo, si se trata de viviendas de protección oficial, de montes o de explotaciones agrarias.


Nota simple

¿Qué es la Nota Simple del Registro de la Propiedad de Coslada?

La Nota Simple del Registro de la Propiedad de Coslada es el documento informativo en el que se recogen las principales características de un inmueble: si es de naturaleza urbana o rústica, los metros, los propietarios y si pesa algún tipo de carga, como hipotecas o embargos sobre ese inmueble.

La nota simple registral es un documento expedido por el Registro de la Propiedad de Coslada. Su finalidad es informar sobre la realidad a efectos jurídicos de una finca inmobiliaria. Por ejemplo, detalla la ubicación, quién es el propietario, qué cargas pesan sobre la vivienda, si avisos del banco o de otra entidad.

La nota simple es un pequeño documento con información sobre un inmueble que puedes solicitar en el Registro de la Propiedad de Coslada. Se utiliza para avanzar en un gran número de trámites, y es especialmente interesante en cuanto a que puedes solicitar una nota simple aunque no seas el titular del inmueble.

Expresando un interés legítimo, como el interés de compra, puedes conocer las cargas del inmueble antes de adquirirlo.

La Nota Simple es el documento expedido por el Registro de la Propiedad de Coslada en el que aparecen todos los datos de la propiedad en cuestión. Es un documento meramente informativo donde se muestran las posibles cargas que pudiera tener la finca.

La Nota Simple nos servirá de ayuda a la hora de solicitar un préstamo hipotecario, si vamos a solicitar un préstamo es necesario realizar una tasación del inmueble y entregarle al tasador la Nota Simple correspondiente.

En algunas ocasiones, los organismos públicos como la Agencia Tributaria o Catastro, nos puede solicitar que demostremos la titularidad sobre un bien, para ello será necesario presentar este documento.

También nos puede servir para conocer qué notario realizó la firma de escritura de una propiedad en concreto en el caso de haber perdido las escrituras.

¿Qué información recoge la Nota Simple de Coslada?

Como ya hemos adelantado, se trata de un documento informativo que puedes solicitar en el Registro de la Propiedad de Coslada en el que se recogen datos de interés para cualquier persona que se encuentre a punto de comprar o alquilar una vivienda.

En la Nota Simple de Coslada puedes encontrar información acerca de quién es el propietario, enumera las cargas o gravámenes que pudiera tener como una hipoteca, un usufructo o incluso un embargo y otra información que os detallamos a continuación:

  1. El número identificador del inmueble en el Registro de la Propiedad de Coslada.
  2. El Identificador Único de la Finca Registral o IDUFIR, que funciona como el DNI de la finca.
  3. Una descripción física de la finca y sus accesos, con su naturaleza (vivienda, local… o qué tipo de terreno se sitúa), su localización en coordenadas, su dirección, la superficie construida y útil y la Referencia catastral.
  4. Titulares de la compraventa, fecha de la escrituración y nombre del notario que la escrituró.
  5. Cargas económicas de la finca.
  6. Fecha de emisión de la propia nota simple.

La nota simple es un documento informativo que no sirve como una certificación. Si lo que te exigen para un determinado trámite es un Certificado Registral, vas a necesitad pedir específicamente la Certificación Registral, no una nota simple cualquiera.

Ambas contienen prácticamente la misma información, pero la Certificación Registral incluye una firma del Registrador de la Propiedad de Coslada y tiene valor jurídico.

Las Notas Simples del Registro de la Propiedad de Coslada constan de los siguientes apartados:

  • Información sobre el inmueble: en este apartado encontrarás el tipo de inmueble (si se trata de una vivienda rústica o urbana), metros cuadrados, los límites de la propiedad en cada punto cardinal (norte, sur, este y oeste) la orientación de la propiedad y su ubicación exacta. También encontrarás información sobre si se trata de un solar, de una casa, de un prado o de una vivienda perteneciente a una comunidad de vecinos. En este último caso vendrá reflejado datos sobre el coeficiente de participación en la comunidad.

  • Información sobre la titularidad de la vivienda: los datos del titular o titulares y si se trata de un bien ganancial (cuando es adquirido por un matrimonio) o privativo (perteneciente a una sola persona). Además, se mostrará la forma de adquisición de la vivienda: herencia, compraventa, donación, etc.

  • Información sobre las cargas de la propiedad: muestra si recae sobre el inmueble alguna carga, como por ejemplo una hipoteca, un un usufructo, o un arrendamiento. Por lo tanto, cuando decimos que una vivienda está libre cargas y gravámenes nos referimos a que nadie le debe a nadie nada por la propiedad, ni puede estar en riesgo de embargo ni está embargada y que tampoco es la garantía de un pago.

  • Información añadida en las notas marginales e información complementaria: son anotaciones que aclaran la información que se presenta en el documento principal. Indica si la vivienda tiene correlación con otras propiedades (por ejemplo, la existencia de segregaciones), así como modificaciones en los derechos o cancelaciones de los gravámenes. Además como información complementaria puede aparecer información como alteraciones fiscales o urbanísticas.

Partes de la Nota Simple de Coslada

La Nota Simple está compuesta de las siguientes partes o secciones:

  • La finca registral. En esta parte se identifica el inmueble o finca por el que solicitamos la información. Aparecerán todos los detalles de la propiedad, si es urbana o rústica, tamaño, límites de la finca y usos que se le da a la propiedad. También aparecerá un dato muy importante, su número de registro.
  • Titularidad de la finca. En este apartado se identificará al titular o titulares de la propiedad. La participación de cada uno de ellos y cómo y cuándo fue adquirida. También podemos encontrar los datos del notario que llevo a cabo la firma de la escritura.
  • Cargas de la finca. Un apartado donde debemos poner especial cuidado. En esta sección veremos si la propiedad está libre o no de cargas. Es decir, si la propiedad tiene una hipoteca, embargo, servidumbre, viviendas sujetas al Artículo 28 o en concurso de acreedores entre otros. En el caso de que la vivienda no esté libre de cargas deberíamos hablar con el vendedor para que liquide estas deudas y evitarnos sorpresas y pagos innecesarios en la compra del inmueble. Un caso muy común que podemos encontrar en estas situaciones, es que el vendedor haya terminado de pagar el préstamo hipotecario de la vivienda pero no presentó la documentación de la cancelación del préstamo en el Registro de la Propiedad de Coslada y por tanto esta propiedad puede aparecer con una hipoteca pendiente.
  • Notas marginales. Es información adicional para complementar los detalles y características que aparecen en la nota.

Contenido detallado de la nota simple registral

La información que incluye la nota simple del Registro de la Propiedad de Coslada es:

  • El tipo de finca: si se trata de un solar, un prado, una casa, un elemento de una comunidad de propietarios, etc. Este punto es importante para saber qué tipo de tributación tendrá la propiedad y qué usos se le pueden dar.
  • La descripción física: en este apartado se detallan los metros cuadrados y los linderos al norte, sur, este y oeste. Este aspecto es fundamental para valorar el precio de una casa.
  • La dirección y localidad: de nuevo, otro apartado importante para conocer el precio del inmueble. También es importante para el cálculo de impuestos como el IBI.
  • El número de finca.
  • La identificación por el IDUFIR (Identificador Único de Fincas Registrales): es un número exclusivo de dicha finca para todos los Registros.
  • La descripción de posibles usos de la finca: por ejemplo, si se trata de una zona residencial, industrial, etc.
  • La clasificación urbanística: para saber si se trata de un espacio protegido, con relevancia histórica, etc.
  • El coeficiente de participación: si hay comunidades de propietarios.
  • Referencia catastral: se trata del código que le asigna el catastro a una vivienda
  • Titularidad: define quién es el propietario registrado del inmueble.
  • Condición de propietario: establece el método con el que se obtuvo la finca, como la compraventa, una herencia, etc.
  • Cargas de la finca: hipotecas, servidumbres, alquileres, etc.
  • Anotaciones preventivas y notas marginales.

Información complementaria de la nota simple

En la nota simple del Registro de la Propiedad de Coslada es posible que figure otra información complementaria como:

  • Afecciones fiscales.
  • Afecciones urbanísticas.
  • Embargos.
  • Demandas que afecten a la finca.

En definitiva, una nota simple incluye cualquier información sensible que pueda afectar el proceso de compraventa.

A continuación puede pedir online una Nota Simple al Registro de la Propiedad de Coslada:

>>> Solicitar Nota Simple online

¿Dónde y cómo pedir la Nota Simple?

Lo primero que tienes que conocer, es que para solicitar una Nota Simple de Coslada debes de acreditar ante el registro un interés legítimo, o lo que es lo mismo, indicar cuál es el motivo de esa solicitud. Que además queda reflejado y a disposición del propietario. Pero no te preocupes, es suficiente con indicar que estás interesado en comprarlo.

Además de este interés legítimo, para poder solicitar la Nota Simple del Registro de la Propiedad de Coslada debes de conocer:

  • La titularidad del inmueble.
  • La dirección completa.
  • Los datos registrales de la propiedad, es opcional pero recomendable, esta información está en las escrituras.
  • El identificador único de finca registral (IDUFIR o CRU). Es como el DNI de un inmueble.

La entrega de la Nota Simple se realiza por email y no suele tardar más de 8 horas laborales.

No todos los bienes inmuebles tienen la obligación de estar registrados y por tanto, cuando hagas una petición de Nota Simple, puede ocurrir que el Registro de la Propiedad de Coslada no te devuelva la información que solicitaste. En España la ley solo exige registrar aquellos inmuebles que sean de Protección Oficial o Protección Pública, así como aquellas viviendas que tengan una carga hipotecaria.

A continuación puede pedir online la Nota Simple al Registro de la Propiedad de Coslada:

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